¿ COMO FUNCIONA LA BOLSA DE VALORES ?

La Bolsa de Valores es un mercado, en donde se negocían títulos valores de empresas previamente analizadas, inscritas en el "Registro Público Bursátil" que lleva la Superintendencia del Sistema Financiero. El Público no concurre personalmente a la Bolsa, sino que está representado por medio de los "Agentes" de las Casa de Corredores. Estos son técnicos en material bursátil, previamentee analilzados y autorizados por la Bolsa, que se reunen diariamente en el "Salón de Negociaciones", de la Bolsa de Valores. Este salón, que también se llama "Corro", registran los títulos valores que se negocían y los precios o rendimientos que se ofrecen por ellos.

Los Agentes Corredores proponen a "viva voz" los precios o rendimientos que están dispuestos a pagar o a percibir por los títulos que ofrecen o desean, adjudicándose los valores ofertados por medio de remate o subasta, a precios de mercado, garantizándose así la transparencia del procedimiento, y los mejores precios a través de la oferta y la demanda.

 

En la Bolsa existen dos mercados: Primario y Secundario:

bulletMercado Primario es aquél en que los emisores y compradores participan directamente, o a través de las Casa Corredores, en la compra y venta de los valores, que ofrecen al público por primera vez.
bulletMercado Secundario es aquel en que los valores son negociados por segunda o más veces. En él los emisores ya no son los oferentes de dichos títulos.

Una de las negociaciones más comunes en nuestra Bolsa de Valores es el "Reporto". Este tiene lugar cuando una persona dueña de títulos valores que están inscritos para su negociación en Bolsa necesita dinero pero no quiere deshacerse de esos valores, por lo que los traspasa pero con pacto de recompra, es decir con la obligación de readquirirlos en el plazo que se convenga. Este Plazo, en nuestra Bolsa, puede ser desde cuatro hasta 45 días, pero puede ser prorrogado por períodos iguales.

La persona que da o invierte su dinero, con garantía de aquellos valores, recibo por ello un premio o suma que se convenga. En esta operación hay una diferencia suficiente, entre el precio que recibe el que da los títulos y el precio de mercado de éstos, a fin de que no los abandone en favor de quien dió el dinero temporalmente, es decir que esa diferencia constituye su interés en readquirirlos.

Para garantía de los interesados, los títulos valores objeto del reporto, quedan depositados en custodia en la Bolsa.

En la Bolsa se pueden realizar operaciones a hoy, al contado, a plazo y opcionales.

En las operaciones a hoy, la entrega de los valores negociados y su "liquidación", o pago, se lleva a cabo, el mismo día.

En las operaciones al contado, la entrega de los valores negociados y su "liquidación" o pago, se lleva a cabo, a más tardar, el día hábil después de realizada la operación.

En las operaciones a plazo, la entrega de los valores negociados y su "liquidación" o pago, se lleva a cabo en el plazo pactado entre el comprador y el vendedor, el cual no puede ser mayor de 180 días hábiles.

En las operaciones opcionales de compra o de venta, la entrega de los valores negociados y su "liquidación" o pago, se lleva a cabo en el plazo pactado entre comprador y vendedor, que no puede ser mayor de 180 días hábiles, pero uno o ambos se reservan el derecho de rescindir el contrato y no llevar a cabo la operación, para lo cual se paga una prima en dinero por el que abandona la operación a favor del otro contratante.

En nuestra Bolsa de Valores no se recibe dinero, pues todas las transacciones se verifican por transferencia bancarias.

En la Bolsa de Valores, el público invierte bajo su propio riesgo, pero su decisión es tomada con base en la información que publica y proporciona la Bolsa misma, las empresas emisoras y las Casas de Corredores.

Se recomienda al público que cuando le ofrezcan posibilidades de inversión, se asegure que su operación se verifique a través de la Bolsa de Valores.

 

TITULOS VALORES

los títulos valores son los documentos necesarios, imprescindibles, para hacer valer el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna.

En estos títulos el derecho está incorporado al documento de tal manera que su literalidad y el documento en sí, son imprescindibles para ejercer el derecho sin referencia a ningún otro documento. Como documentos mercantiles están regulados en el Código de Comercio y clasificados como cosas muebles. Pueden ser emitidos: al portador, cuando no están expedidos a favor de ninguna persona determinada y su transferencia se verifica por su simple entrega; a la orden, cuando se expiden a favor determinada persona y su transferencia se verifica por entrega del título debidamente endosado; y nominativos, cuando se expiden a favor de determinada persona, cuyo nombre debe aparecer en el registro que se lleva el emisor y su transferencia se verifica por entrega y endoso del título, seguida de inscripción en el registro del emisor.

Los emisores pueden ser el Estado, sus instituciones descentralizadas o autónomas y sociedades privadas, que a través de la Bolsa de Valores ofrecen al público una amplia variedad de productos de financiamiento y de inversión, de acuerdo con sus necesidades específicas.

Para garantía del público inversionista, las entidades que emitan títulos valores tienen que inscribirse en la Bolsa, de conformidad a la Ley del Mercado de Valores y los títulos valores que se negocien en la Bolsa deben estar inscritos en ella y en la Superintendencia del Sistema Financiero, pero de acuerdo a la Ley, su registro no implica certificación sobre la calidad del valor o la solvencia del emisor. Sin embargo, siempre deben reunir caracaterísticas especiales y de seguridad, negociabilidad e información.

Pueden invertir en títulos valores todas las personas que lo deseen, así como las empresas privadas o instituciones públicas, haciéndolo por medio de las Casas de Corredores de Bolsa y de sus Agentes.